La Comisión de Autonomía Municipal, Descentralización y Regionalización tendrá jurisdicción primaria para intervenir en el desarrollo de la política gubernamental sobre la institución del municipio, primer contacto entre el individuo y el Gobierno; el Código Municipal, con los servicios que presta la Oficina de Gerencia Municipal adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) y otras instrumentalidades relacionadas que prestan servicios a los municipios; el financiamiento de los servicios y la obra pública municipal; la definición y protección de los derechos de los empleados públicos municipales; la interrelación operacional, entre el Gobierno Municipal y las agencias gubernamentales y entre los propios gobiernos municipales, incluyendo los asuntos relacionados a los consorcios y el fomento y desarrollo de la mayor autonomía municipal para la atención pronta de los problemas que afectan a los municipios.
De igual forma, esta Comisión tendrá la responsabilidad de atender todos los asuntos relacionados a facilitar mediante legislación e investigación los procesos de descentralización y regionalización de servicios gubernamentales, fundamentado en el principio de alcanzar una mayor autonomía municipal y una mejor calidad de servicios a la ciudadanía.
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